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G., P. D. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL G., P. D. s/ ABUSO SEXUAL SIMPLE, AGRAVADO POR LA SITUACION DE CONVIVENCIA PREEXISTENTE CON UN MENOR DE 18 AÑOS, REITERADO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una sentencia que confirmó la condena por abuso sexual agravado, considerando que los agravios son reiterativos y carecen de fundamentación suficiente para su admisión.

Arbitrariedad Recurso de queja Inconstitucionalidad Inadmisibilidad Abuso sexual Derechos constitucionales Doble instancia Valoracion probatoria Sentencia confirmatoria Corte provincial


- Quién demanda: La defensa de P. D. G.

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe (vía queja contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La admisión del recurso de inconstitucionalidad y la revisión de la sentencia que confirmó la condena por abuso sexual simple agravado.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema rechazó la queja por entender que los agravios son reiterativos, no presentan fundamentos suficientes y no evidencian arbitrariedad en la decisión de las instancias inferiores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La recurrente dirige sus agravios contra la interpretación que de las pruebas y el derecho común efectuó la Cámara tanto al convalidar la materialidad y la responsabilidad penal del condenado en el hecho juzgado como al determinar la modalidad de cumplimiento de la pena que finalmente impuso. Se evidencia así, de la lectura del memorial y su confrontación con la sentencia atacada que aquéllos son la reiteración de los esgrimidos en las instancias ordinarias, habiendo sido ya abordados y rechazados por la Alzada con motivación que la interesada no logra descalificar desde la óptica constitucional en esta instancia de excepción." "El análisis de los agravios muestra que los mismos constituyen una reiteración de los ya planteados y rechazados por la Cámara en las instancias previas, sin que exista arbitrariedad o vulneración constitucional que justifique su revisión en esta vía extraordinaria." "Asimismo, los señalamientos respecto a la falta de ciertas probanzas carecen de fundamentación suficiente, ya que la impugnante no explica cómo su omisión hubiera podido influir en la decisión." "Por todo ello, la Corte concluye que los agravios no cumplen con los requisitos de admisibilidad y que no se ha acreditado vulneración constitucional alguna, por lo que corresponde rechazar la queja."

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