LONGO, PAOLA ANDREA c/ MACUA, ALEJANDRO Y SUS ACUMULADOS LONGO PAOLA ANDREA c/ MACUA ALEJANDRO s/ OTRAS DILIGENCIAS (CUIJ 21-04911565-9 Y 21-01071999-9) s/ REGULACION DE HONORARIOS POR GESTION EXTRAJUDICIAL
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe confirmó la resolución que rechazó la nulidad y admitió la apelación del demandado, revocando la reanudación de los plazos y disponiendo la mediación prejudicial obligatoria por incumplimiento del procedimiento.
- Quién demanda: Paola Andrea Longo
¿A quién se demanda?
Alejandro Macua y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios por gestión extrajudicial
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la nulidad del proceso y aceptó la apelación del demandado, revocando la reanudación de los plazos y ordenando la realización de la mediación prejudicial obligatoria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala argumentó que la nulidad no procedía por no haberse demostrado perjuicio cierto, concreto e irreparable, y que la omisión en la mediación prejudicial constituía un incumplimiento procesal susceptible de reparación mediante la apelación. Se precisó que la presentación de la declaración jurada de pobreza no fue cuestionada por la parte demandada, por lo que no existió omisión procesal que justifique nulidad alguna. Además, la decisión de reanudar los plazos suspendidos fue correcta, dado que debía aguardarse la firmeza del pronunciamiento sobre el arraigo, conforme al art. 409 del CPCC. La Cámara también afirmó que la mediación prejudicial es un requisito obligatorio y que su incumplimiento habilita la revisión del procedimiento. Discrepancias en la interpretación del art. 329 del CPCC fueron superadas en función de la correcta aplicación del art. 333 del CPCC y la normativa vigente, concluyendo que la parte actora no acreditó perjuicio que justifique la nulidad.
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