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ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES NACIONALES c/ OTTINETTI, PAULO -EJECUTIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad contra la decisión de la Cámara de Apelaciones que rechazó el recurso de apelación en un proceso judicial de ejecución civil. La resolución cuestionada habría vulnerado garantías constitucionales y principios de distribución de competencia.

Arbitrariedad Recurso de queja Competencia Nulidad Inconstitucionalidad Competencia judicial Juez natural Garantia constitucional Santa fe Ley 7055


- Quién demanda: La Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales (actora)

¿A quién se demanda?

La Cámara de Apelaciones de Circuito de Santa Fe, en autos contra OTTINETTI, PAULO -EJECUTIVO-

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra el acuerdo que rechazó la apelación y confirmó la decisión de primera instancia, alegando arbitrariedad, vulneración del fuero y cuestiones de competencia y celeridad procesal.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe admitió la queja, concedió el recurso de inconstitucionalidad y ordenó la elevación de los autos principales, dejando sin efecto la resolución de la Cámara de Apelaciones, por considerar que la misma vulneró garantías constitucionales y principios procesales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión impugnada importa privar sine die a su parte y a su representante en forma absoluta del fuero especializado en ejecuciones, es decir, se menoscaba gravemente la garantía constitucional del Juez Natural." "La resolución cuestionada afecta la distribución de competencia y perjudica el objetivo de política judicial, además de menoscabar el principio de celeridad procesal." "El incumplimiento al requisito del artículo 33 del Código Procesal Civil y Comercial no existió, dado que de los agravios se desprende la presentación en carácter personal y en representación de la actora." "La extensión de la causal de excusación por violencia moral a personas que no estuvieron en la reunión determinante, y el hecho de que el Dr. Daniel Parini haya sido jubilado, constituirían arbitrariedad." "Se omitió pronunciamiento respecto a la dispensa otorgada y se incurrió en omisión de antecedentes relevantes." La Corte remite a jurisprudencia similar y concluye: "Corresponde admitir la queja y conceder el recurso de inconstitucionalidad, ordenando la devolución de los autos y el trámite correspondiente."

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