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MICUCCI, CLAUDIO FABIAN Y OTROS c/ PROVINCIA DE SANTA FE -DAÑOS Y PERJUICIOS-RECURSO DIRECTO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe admite la queja y concede el recurso de inconstitucionalidad contra la denegación de la apelación extraordinaria en un caso de daños por inundación atribuida a responsabilidad estatal. La decisión se fundamenta en la posible arbitrariedad y vulneración de derechos constitucionales.

Arbitrariedad Recurso de queja Inconstitucionalidad Derechos constitucionales Responsabilidad estatal Danos por inundacion Jurisdiccion provincial Denegacion de recurso extraordinario Responsabilidad por fuerza mayor Interes institucional.

Actor: La Provincia de Santa Fe. Demandado: Claudio Fabián Micucci y otros. Objeto: Reclamación de daños y perjuicios derivados de una inundación ocurrida en abril de 2003, imputados a la falta de servicio del Estado provincial. Decisión: La Corte Suprema admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, ordenando remitir los autos principales para análisis ulterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La recurrente alega que la resolución del 16 de marzo de 2021, denegó arbitrariamente el recurso de apelación extraordinaria, vulnerando sus derechos constitucionales al debido proceso y a la propiedad. La Sala Primera de la Cámara de Apelación en Santa Fe habría incurrido en un exceso ritual al interpretar que la impugnación era un mero planteo de revisión de hechos, sin considerar que los agravios versaban sobre la relación de causalidad y la valoración de prueba, especialmente respecto a la imprevisibilidad del fenómeno hídrico. La jurisprudencia invocada y las constancias de la causa demuestran que existieron motivos suficientes para cuestionar la decisión, por lo que la denegación del recurso sería arbitraria y vulneraría derechos constitucionales." Además, se menciona que la causa reviste interés institucional y que la decisión de la Cámara de Apelación no se fundamentó adecuadamente en la valoración de la prueba ni en la normativa aplicable, especialmente respecto a la responsabilidad estatal y el régimen reparatorio provincial. La Corte concluye que la queja debe ser admitida y que corresponde conceder el recurso de inconstitucionalidad, dado que existen elementos que sugieren una posible vulneración de derechos constitucionales del recurrente.

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