C., A. D. s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la sentencia que condenó a A. C. a cinco años y cuatro meses de prisión por homicidio agravado con arma de fuego, argumentando que la pena resulta proporcional a la gravedad del hecho y que no se verificó una adecuada internalización del daño por parte del imputado.
Quién demanda: La Defensa del imputado A. C.
¿A quién se demanda?
La sentencia del Tribunal de Segunda Instancia, que revocó la absolución y condenó a A. C. por homicidio agravado.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La impugnación de la pena y la solicitud de absolución, argumentando que el joven ha internalizado el daño y que las medidas socioeducativas han sido efectivas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la pena de cinco años y cuatro meses de prisión, sosteniendo que la gravedad del hecho y la falta de una adecuada internalización del daño justifican la imposición de la sanción.
Fundamentos principales:
- La sentencia impugnada valoró que, a pesar de los avances en su conducta, A. C. no evidenció una internalización adecuada de la gravedad del hecho, especialmente respecto a la víctima de corta edad.
- Se destacaron informes sociales que muestran un desarrollo positivo y un compromiso familiar, pero también la persistencia de un comportamiento que refleja que no ha asumido plenamente las consecuencias de su acción.
- La jurisprudencia y las recomendaciones internacionales, como las Reglas de Beijing, justifican la imposición de una pena proporcional a la gravedad del delito, considerando la edad y el proceso de resocialización del menor.
- La sentencia se ajusta a los principios del derecho de menores, resaltando que la respuesta penal debe ser el último recurso y proporcional a la gravedad del daño, con especial atención a la protección del interés superior del niño y la finalidad resocializadora.
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