CARDENAS, DIEGO JAVIER Y OTADUY, ROBERTO MARIO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL CANTERO, ARIEL MAXIMO; MACHUCA, RAMON EZEQUIEL; DELMASTRO, JUAN ANGEL; VILCHES, LEANDRO ALBERTO; CHAMARRO, JORGE EMANUEL; JURE, WALTER DANIEL; SALOMON, MARIANO GERMAN; FERNANDEZ, EDGARDO ANDRES; AVACA, ANGEL ALBANO; LESCANO, OMAR ANGEL ABRAHAM; GOROSITO, SILVANA JESICA; RUIZ, AGUSTIN MAURO; RAFFO, JUAN JOSE; BLANCHE, RAFAEL SERGIO; GOMEZ, WALDEMAR RAUL; LAPIANA, FRANCISCO RAFAEL; VERDUN, LORENA MIRYAM; OTADUY, ROBERTO MARIO; ENRIQUEZ, EDUARDO ANACLETO Y CARDENAS, DIEGO JAVIER s/ ASOCIACION ILICITA, ETC.- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte provincial denegó la concesión del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que confirmó la condena en un proceso penal. La decisión se fundamentó en la falta de argumentos adecuados para desvirtuar la valoración probatoria y constitucional del tribunal de origen, considerando que los agravios no demostraron arbitrariedad ni vulneración de derechos constitucionales.
- Quien demanda (Actor): La defensa de los imputados, en particular la parte recurrente en vía federal.
Demandado: La sentencia del Tribunal de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Circunscripción Judicial N° 2 de la Provincia de Santa Fe.
Objeto: La concesión del recurso extraordinario federal para cuestionar la constitucionalidad de la sentencia que confirmó la condena, alegando arbitrariedad en la valoración de la prueba, ilegalidad en la obtención de prueba, inconstitucionalidad del artículo 210 del Código Penal, y cuestionamientos sobre la fundamentación de la pena.
Decisión: La Corte provincial denegó la concesión del recurso extraordinario, considerando que los agravios no demostraron vulneraciones constitucionales ni vicios que justifiquen su tratamiento en instancia superior, ya que los planteos reiteraban disensos sobre la valoración de la prueba y la interpretación legal, sin configurar una cuestión federal suficiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se analizó que el recurso no cumplía con los requisitos del artículo 3, incisos "d" y "e" del reglamento de la Corte Suprema, pues la recurrente no efectuó una crítica razonada ni argumentada que permitiera comprender la supuesta arbitrariedad o vulneración constitucional. La Corte sostuvo que "la recurrente se limita a insistir con sus postulaciones recursivas -tanto ordinarias como extraordinarias-, sin brindar argumentos eficaces en orden a demostrar que este Tribunal hubiese rechazado la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad local contra el fallo de Cámara que confirmara la sentencia condenatoria impuesta a sus asistidos, sin brindar razones jurídicas suficientes, de modo arbitrario o lesivo de derechos constitucionales." Además, se analizó que los agravios relacionados con la valoración de la prueba, la legalidad de la prueba obtenida, la constitucionalidad del tipo penal y la individualización de la pena, fueron rechazados en la instancia anterior, y en esta instancia, la parte recurrente no logró presentar argumentos que desvirtuaran esas fundamentaciones. La Corte concluyó que no existía una cuestión federal suficiente para justificar la concesión del recurso.
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