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MERCADO, CARLOS ALBERTO c/ LA SEGUNDA ART s/ SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO

La Cámara de Apelación Laboral de Rosario confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda por accidente laboral contra La Segunda ART S.A., rechazando los agravios de la aseguradora y aplicando intereses sancionatorios por conducta dilatoria.

Recurso de apelacion Incapacidad laboral Accidente in itinere Art Derecho laboral Conducta dilatoria Intereses sancionatorios Confirma sentencia Ley 27.348 Rosario


- Quién demanda: Carlos Alberto Mercado

¿A quién se demanda?

La Segunda ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del accidente in itinere y la incapacidad del 19% derivada del mismo, además del pago de indemnización y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, rechazando los agravios de la aseguradora, y aplicó intereses moratorios por conducta dilatoria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios expresados resultan tan abrumadoramente infundados, que su conducta queda subsumida en la temeridad a la que refiere el art. 275 de la LCT, en tanto esta supone 'un actuar procesal excesivamente imprudente; actuar '...con conciencia de la propia sin razón...’ con la finalidad de entorpecer el procedimiento, intentando defensas o acciones claramente incompatibles con las circunstancias de hecho o de derecho'." "Resulta inadmisible que la demandada se queje de que se haya considerado como realmente acaecido el siniestro denunciado por el solo hecho de existir prestaciones en especie brindadas por mi representada y nota de aceptación, pues 'la atención por parte de mi representada no puede implicar prueba del pretendido siniestro ni del pretendido nexo causal invocado'." "Ya que consta en autos que la ART abonó al actor la suma de $1.279.018 por la incapacidad determinada por la Comisión Médica Jurisdiccional, surge claramente que el siniestro y su nexo causal están acreditados, lo cual hace incompatible la postura de la aseguradora." "El accidente ocurrido el 25.7.17, con posterioridad al dictado del DNU 669/19, amerita la aplicación de dicho decreto." Se impone el rechazo del recurso y la confirmación de la sentencia en todos sus términos, además de la aplicación de intereses sancionatorios y costas de la alzada por conducta dilatoria.
- Votos: La Dra. Netri y el Dr. Restovich votaron en el mismo sentido. La Dra. Deco se abstuvo.

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