Logo

COLEGIO DE INGENIEROS ESPECIALISTAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE DISTRITO II c/ CORVEN MOTORS ARGENTINA S.A. -JUICIO ORDINARIO-ORALIDAD- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe deniega el recurso extraordinario federal interpuesto por el Colegio de Ingenieros Especialistas contra una sentencia que anuló una resolución y ordenó un nuevo dictamen, argumentando que el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad y que la sentencia no es definitiva.


- Quién demanda: Colegio de Ingenieros Especialistas de la Provincia de Santa Fe -Distrito II-

¿A quién se demanda?

Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso extraordinario federal contra una sentencia que anuló una resolución del colegio y ordenó la remisión de los autos para que dicte una nueva resolución, alegando vulneración de derechos constitucionales y exceso de competencia por parte del tribunal.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario, considerando que la sentencia recurrida no es definitiva ni equiparable a tal, por ser un fallo que dispuso el reenvío de la causa y no poner fin al litigio, en línea con la jurisprudencia nacional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El mismo arroja un resultado negativo a raíz del claro incumplimiento del recaudo establecido por el artículo 3, inciso a) del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En efecto, cuando la sentencia de esta Corte disponga el reenvío de la causa a otro Tribunal para nuevo juzgamiento de acuerdo a la doctrina fijada, lo así resuelto no reúne el recaudo de sentencia definitiva o equiparable a tal (cfr. Fallos:311:1601; 324:541, entre otros), en tanto no pone fin al litigio, sin que se admitan distinciones al respecto en cuanto al alcance del reenvío." "Debe recordarse que la jurisprudencia citada de la Corte nacional conforme la cual casos como el presente se evalúan como sentencias no definitivas ni equiparables a tal, es compartida por este Cuerpo ("Bartolotta"; "Copes"; "Cancellieri"; A. y S. T. 9, pág. 414; T. 117, pág. 157; T. 118, pág. 187, y más recientemente "Marelli" y "Bensabath", A. y S. T. 263, pág. 402 y T. 265, pág. 264, respectivamente), correspondiendo en consecuencia, la denegación del remedio federal deducido." "Por lo expuesto, y resultando innecesario formular mayores consideraciones de conformidad con lo ordenado por el artículo 11 del reglamento antes citado, al no advertirse la configuración de algún supuesto que permita excepcionar la aplicación de lo dispuesto en dicha acordada, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: Denegar la concesión del recurso extraordinario interpuesto para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con costas a la vencida." PALABRAS CL

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar