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PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L. c/ MUNICIPALIDAD DE RUFINO s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 de Santa Fe anuló las resoluciones municipales que determinaron una deuda por Derechos de Publicidad y Propaganda, por irregularidades en el procedimiento de determinación de oficio, declarando la nulidad de las actos administrativos y ordenando la restitución de los importes ingresados.

Nulidad Procedimiento administrativo Publicidad Nulidad absoluta Recursos administrativos Determinacion de oficio Competencia tributaria Ordenanza fiscal Restitucion de fondos. Vicios en proceso


- Quién demanda: Procter & Gamble Argentina S.R.L.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Rufino

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de las resoluciones N° 139/15 y N° 71/16 que determinaron y confirmaron una deuda por Derechos de Publicidad y Propaganda, por períodos fiscales 2008 a 2012, por supuestos incumplimientos en procedimiento administrativo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara anuló las resoluciones municipales por vicios en el procedimiento, en particular por incumplimiento de los requisitos legales en la realización de actas, falta de publicación de ordenanzas, y omisión en la remisión de actuaciones administrativas por parte de la Municipalidad. Se ordena la devolución de los importes ingresados por la actora, más intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El procedimiento de determinación de oficio debe sujetarse a disposiciones de superior jerarquía, tales como la Constitución Nacional, Constitución Provincial, leyes provinciales y, Ordenanzas tributarias e impositivas dictadas en su consecuencia. Se indicó que, el legislador local ha consagrado la regla y/o principio general de indelegabilidad de la función pública esencial de recaudación tributaria que le compete al Departamento Ejecutivo Municipal, en su carácter de Organismo Fiscal o Fisco, para hacer cumplir el Código Tributario Municipal y las Ordenanzas Fiscales Complementarias a favor de sociedades y/o empresas privadas. La administración demandada no ha presentado las actuaciones administrativas que dieron origen al expediente, incumpliendo con los requisitos legales y reglamentarios, viciando de nulidad absoluta los actos administrativos impugnados." "Asimismo, la administración no ha contestado los requerimientos y oficios del Tribunal, violando el deber de colaboración y afectando la búsqueda de la verdad material. La falta de remisión de dichas actuaciones y de los elementos probatorios vinculados a la discusión, en fueros administrativos, vulnera principios constitucionales y legales, y hace procedente la declaración de nulidad de los actos administrativos cuestionados."

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