PRATS, MARTHA SUSANA c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N°2 de Santa Fe anuló un decreto que modificó de oficio la liquidación salarial de una funcionaria pública, ordenando pagar las diferencias adeudadas y respetar la cosa juzgada administrativa. La decisión se fundamenta en la protección de garantías procesales y la prohibición de reformatio in peius.
¿Quién es el actor?
Martha Susana Prats, funcionaria pública jubilada.
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La nulidad del Decreto 5497/14 y el pago de diferencias salariales correspondientes a los períodos 2003-2005, más intereses, y la prohibición de reclamar sumas en concepto de diferencias abonadas en el período 1996-2002.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró procedente el recurso, anuló el decreto que modificó la liquidación y ordenó a la Provincia pagar las diferencias salariales correspondientes, respetando la cosa juzgada administrativa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El principio de reformatio in peius impide que la Administración modifique de oficio la liquidación de la acreencia en perjuicio del administrado sin que ello haya sido materia de impugnación. La jurisprudencia y la doctrina coinciden en que la potestad autoanulatoria de la Administración no puede usarse para empeorar la situación del administrado sin que exista una finalidad legítima y un acto habilitante. En este caso, el Decreto 5497/14 violó ese principio, ya que modificó la liquidación sin que fuera materia de recurso, vulnerando la garantía de la cosa juzgada administrativa." "El acto impugnado, al ordenar a la recurrente la devolución de sumas indebidamente percibidas, vulnera derechos constitucionales y la jurisprudencia que protege la seguridad jurídica y la protección del administrado."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: