TORK SERVICIOS INDUSTRIALES S.R.L. c/ MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 de Santa Fe resolvió parcialmente aceptar el recurso de apelación de TORK SERVICIOS INDUSTRIALES S.R.L. en relación a la prescripción de tributos, manteniendo la validez de las actuaciones administrativas en otros aspectos.
¿Quién es el actor?
TORK SERVICIOS INDUSTRIALES S.R.L.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de San Lorenzo
- Objeto de la demanda: Anulación del Decreto N° 930/16 y las actuaciones administrativas por violación del debido proceso, inconstitucionalidad de las normas, prescripción de tributos y multas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la nulidad parcial de las actuaciones en relación a los períodos fiscales anteriores a 31.12.2009 por prescripción, y confirmó la validez de las restantes actuaciones y sanciones, considerando que los procedimientos administrativos respetaron el debido proceso y la normativa vigente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La prescripción de las obligaciones tributarias es materia de fondo y su cómputo debe ajustarse a la legislación nacional, en particular a las disposiciones del Código Civil y la jurisprudencia de la Corte Suprema, que establecen que los períodos anteriores a 31.12.2009 están prescriptos, por lo que no corresponden las determinaciones y multas relacionadas con esos períodos. La normativa local que regula la prescripción y los procedimientos administrativos no puede contrariar el derecho de fondo establecido por la legislación nacional y la Constitución. La actuación administrativa fue respetuosa del debido proceso, y las infracciones y multas aplicadas son procedentes, salvo en los casos de períodos prescriptos."
- También se rechazaron los argumentos sobre doble imposición, adicional por publicidad y aplicación de intereses, confirmando que las sanciones y determinaciones en períodos no prescriptos son válidas.
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