BENITEZ, DANIEL DARIO Y SPRETZ, CRISTIAN EZEQUIEL s/ HOMICIDIO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó parcialmente la condena de 9 años de prisión efectiva a Daniel Benítez y Spretz por homicidio, tras considerar que la conducta no fue justificada ni exenta de culpa, ajustándose a las pautas legales y doctrinales.
Actor: El Estado, en su función de acusador público, a través del Tribunal de Primera Instancia y la Fiscalía. Demandado: Daniel Darío Benítez y Cristian Ezequiel Spretz. Objeto: La condena por el delito de homicidio simple, con pena de 12 años, solicitando en apelación la reducción de la pena y la absolución en caso de duda. Decisión: La Cámara confirmó la condena en 9 años de prisión efectiva, rechazando las apelaciones y reafirmando que la conducta no fue justificada ni exenta de responsabilidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara valoró los testimonios y las pruebas producidas, concluyendo que la agresión previa, la presencia de armas y el contexto de reyerta en la que Villarreal ingresó armado y agresivo, invalidan la existencia de legítima defensa. Se consideró que la agresión fue provocada por los imputados y que la reacción de Villarreal fue legítima, por lo que el ingreso y las lesiones fueron antijurídicos. Se descartó la existencia de un error de prohibición o estado de necesidad, y se resaltó que las heridas mortales fueron causadas por las cuchillas en manos de Spretz, quien tenía armas blancas y actuó con dominio del hecho. La pena de 9 años fue considerada proporcional y fundamentada en las circunstancias del caso, la gravedad del daño y las condiciones personales de los imputados.
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