DEL BARCO, ERNESTO GERONIMO c/ PROVINCIA DE SANTA FE -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA PARCIALMENTE ADMITIDA)
La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que ordenaba el reajuste de haberes previsionales. La decisión se basó en que la resolución impugnada adolecía de arbitrariedad y apartamiento de jurisprudencia, anulándola y remitiendo el caso para un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Ernesto Gerónimo Del Barco
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de su haber previsional, alegando que su prestación no guarda proporcionalidad con su sueldo en actividad y que la reducción del 20% es arbitraria.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró admisible y procedente el recurso de inconstitucionalidad, anulando la sentencia de la Cámara y remitiendo el expediente al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento, por considerar que la resolución atacada incurrió en arbitrariedad y apartamiento de jurisprudencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte identificó que la sentencia recurrida no verificó la correcta aplicación del régimen de movilidad según la ley 12.464 ni consideró los precedentes jurisprudenciales "Lagger", "Gioielli", "Carnelli" y "Elizondo". Se evidenció que la Cámara se adentró en un análisis de si existían o no reducciones mayores al 20% en los haberes, sin comprobar si se respetó el sistema legal vigente ni las pautas para la movilidad de pasivos, generando un acto arbitrario. La Corte sostuvo que "la Cámara directamente se adentró en la cuestión acerca de si existían o no reducciones en el haber del actor que excediesen el límite del 20 %, a fin de garantizar la razonable proporcionalidad entre el haber de pasividad y lo que hubiese percibido como agente activo, sin verificar el cumplimiento de las pautas vigentes para movilizar la prestación del señor Del Barco". Además, resaltó que la parte actora no precisó claramente si cuestionaba la aplicación del sistema vigente o su confiscatoriedad, lo que dificultó el análisis judicial. La resolución fue anulada por contener un análisis arbitrario y desconectado de la normativa y jurisprudencia aplicable, ordenándose el remitir los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento que respete las pautas legales y jurisprudenciales.
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