SABA, MIRTA SUSANA Y OTROS c/ PROVINCIA DE SANTA FE -DAÑOS Y PERJUICIOS-RECURSO DIRECTO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (EXCUSACION)
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió la excusación del Procurador General, doctor Jorge Alberto Barraguirre, quien solicitó apartarse de intervenir en el expediente por causal de recusación. La Corte aceptó la excusación y ordenó correr vista al subrogante correspondiente.
- Quién demanda: No corresponde, es una resolución en una causa de recurso de inconstitucionalidad.
¿A quién se demanda?
No hay demanda, es una resolución judicial.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La recusación del Procurador General de la Corte por causal invocada en el inciso 5 del artículo 10 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió aceptar la causal de recusación invocada por el Procurador General y ordenar que se lo separe de la causa, disponiendo que, por Presidencia, se corra vista al subrogante correspondiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte consideró suficiente la causal invocada por el Procurador General, que fue sustentada en la misma causal que en la causa "Álvarez, Marcelo Ignacio" (A. y S. T. 273, pág. 435), sustentada en el inciso 5 del artículo 10 del Código Procesal Civil y Comercial local, que habilita la recusación por motivos de interés o incompatibilidad. Asimismo, la Corte indicó: "Las circunstancias señaladas por el doctor Barraguirre bastan para tener por configurada la causal expuesta", y por ello decidió darlo por separado del expediente y ordenar la vista al subrogante correspondiente. La resolución se fundamenta en la necesidad de garantizar la imparcialidad del proceso y la correcta sustanciación del mismo, atendiendo a que el Procurador actuaba en carácter de Fiscal de Estado y su recusación resulta procedente en virtud de la causal invocada.
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