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RECURSO DIRECTO EN AUTOS CECCATO, ADRIANA MARIA Y OTROS c/ PROVINCIA DE SANTA FE -INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (EXCUSACION)

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió excusarse de intervenir en el recurso directo en autos CECCATO, ADRIANA MARIA Y OTROS contra PROVINCIA DE SANTA FE debido a que el Procurador General solicitó su excusión por causal prevista en el artículo 10, inciso 5 del Código Procesal Civil y Comercial, y ordenó que se corra vista al subrogante correspondiente.

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- Quién demanda: Adriana María Ceccato y otros.

¿A quién se demanda?

Provincia de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización de daños y perjuicios por incumplimiento de obligaciones.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia dejó sin intervención al Procurador General, doctor Jorge Alberto Barraguirre, en el proceso, por considerar configurada la causal de excusión invocada, y ordenó que se corra vista al subrogante correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las circunstancias señaladas por el doctor Barraguirre bastan para tener por configurada la causal expuesta (art. 10, inc. 5, C.P.C.C.) y, por lo tanto, corresponde darlo por separado de los presentes caratulados." "Se deja constancia que el presente acto jurisdiccional fue firmado por los señores Ministros y por quien suscribe, en la fecha y hora indicada en el sistema informático del Poder Judicial de la Provincia, en forma digital." No hay votos en disidencia.

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