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CARDENAS, ALBERTO MATIAS s/ RESISTENCIA A LA AUTORIDAD AGRAVADA

La Cámara de Rosario revoca parcialmente la resolución de primera instancia y admite la acusación fiscal contra Alberto Matías Cardenas por portación ilegítima de arma de guerra y encubrimiento, rechazando el sobreseimiento solicitado por la defensa. La decisión se basa en la interpretación jurídica de los hechos y la valoración de la prueba.

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Actor: Fiscalía (Ministerio Público de la Acusación) Demandado: Alberto Matías Cardenas Objeto: La acusación por delitos de portación ilegítima de arma de guerra y encubrimiento, y la revisión del rechazo inicial de estas imputaciones. Decisión: La Cámara revoca parcialmente la resolución de primera instancia y admite la acusación fiscal contra Cardenas por los delitos mencionados, manteniendo el rechazo del sobreseimiento solicitado por la defensa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala analizó los agravios de las partes y concluyó que, si bien en la audiencia preliminar se establecen los límites para el juicio, la calificación jurídica de los hechos debe ser materia de debate y alegatos en el juicio oral, no en la etapa previa. La interpretación del artículo 1922 del Código Civil y Comercial, así como la valoración de las pruebas, indican que la portación compartida de arma de fuego requiere elementos que en este caso no estaban claramente acreditados, pero la evidencia y la interpretación jurídica permiten admitir la acusación. La resolución de la primera instancia, que rechazó la acusación por falta de certeza, fue considerada incorrecta por la Cámara, que entendió que la evidencia y la discusión jurídica justifican la apertura del debate. La decisión también tuvo en cuenta que la calificación legal puede modificarse en el juicio y que la valoración de la prueba en esta etapa no debe condicionar la decisión definitiva.
- Votos disidentes: No se registran votos en disidencia relevantes.

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