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OLIVARI, ROSANA MARIEL c/ RECAUDADORA S.A. s/ AMPAROS -HABEAS DATA

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la regulación de honorarios de primera instancia, declarando desiertos los recursos de nulidad y apelación interpuestos por las partes. La decisión se fundamentó en la escasa complejidad del caso y en la valoración del trabajo profesional realizado.

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- Quién demanda: La parte actora, Rosana Mariel Olivari.

¿A quién se demanda?

Recaudadora S.A. (la demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de acceso a datos personales en base al derecho de habeas data y regulación de honorarios del letrado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la regulación de honorarios en la suma de $69.165,80, y declaró desiertos los recursos de nulidad y apelación interpuestos por las partes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La complejidad de la temática sobre el derecho a la información de datos personales no es, o no parece serlo en este caso, de la envergadura o sofisticación que propone el recurrente. En rigor, la demanda no contiene otra proposición que la solicitud de datos personales al amparo del derecho que -sin recaudos intrincados
- brinda la Ley 25.326. A posterior de contestada la demanda, no se han generado incidentes ni ventilado cuestiones que excedan la normal controversialidad de cualquier proceso. La actividad probatoria ha sido escasa circunscribiéndose al diligenciamiento de tres oficios informativos (dos de ellos innecesarios ante el reconocimiento de la accionada en su responde). La jueza consideró a la cuestión como no susceptible de apreciación pecuniaria; y en el mismo sentido el recurrente. La complejidad de la temática no justifica una mayor regulación, siendo que la labor profesional fue adecuada y la sentencia favorable no requiere un análisis de mayor complejidad o recursos." "La regulación de honorarios se realizó conforme a los arts. 12 inc. 1 de la ley 6767 y art. 257 del CPC, y no se advierten motivos para modificarla, en tanto no fue impugnada por la demandada." "Las defensas relativas a falta de legitimación pasiva y caducidad no constituyen cuestiones que justifiquen una revaloración distinta del trabajo profesional, siendo parte del responde a la demanda." "Los recursos de nulidad y apelación son desiertos, en virtud del incumplimiento de la parte demandada y la falta de agravios de la parte actora."

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