PAVIA, LUCIANO GABRIEL c/ MORALES, AMELIA Y OTROS s/ ORDINARIO
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda de usucapión, considerando que la prueba producida acredita los requisitos legales y la antigüedad de la posesión, y rechazó los agravios de la parte apelante.
- Quién demanda: Luciano Gabriel Pavia
¿A quién se demanda?
Amelia Morales y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de adquisición del dominio por usucapión del inmueble, desde el 29/04/2004
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, declarando justificada la posesión y adquisición del dominio por prescripción adquisitiva, fundamentando que la prueba acreditó los requisitos legales, incluyendo la posesión continua, las mejoras y el pago de impuestos durante 20 años. La jueza valoró la prueba documental, testimonios y certificación de impresión digital, concluyendo que la demanda debía prosperar. Los agravios de la defensora de ausentes fueron considerados insuficientes y genéricos, sin afectar la fundamentación de la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La sentencia impugnada, a cuya relación de la causa remito por razones de brevedad, resolvió hacer lugar a la demanda de usucapión promovida por Luciano Gabriel Pavia respecto del inmueble allí identificado, declarando justificada la posesión y consiguiente adquisición del dominio a partir del 29/04/2004 y disponiendo la inscripción a nombre del usucapiente en el Registro General de la Propiedad. Para así decidir consideró: [...] que del plexo probatorio surgen acreditados los requisitos necesarios para declarar adquirido el dominio por prescripción por parte de Luciano Gabriel Pavia desde el 29/04/2004; que ello deviene del hecho de que se acompañó plano conforme a obra en relación con el inmueble en cumplimiento del inciso b) del artículo 24 Ley 14.159; que se encuentran abonadas las boletas de pagos de Impuesto Inmobiliario, Tasa general de inmuebles, COSERCO y EPE; que obra notificación de la Municipalidad de Coronda dirigida a Juan Carlos Pavia en fecha 29/03/2012 a calle Italia y Sarmiento a los fines de que se presente ante esa sede a solicitar permiso de edificación de obra en construcción de su propiedad; que en fecha 4/06/2012 éste solicitó un plazo de 180 días para la regularización de la documentación pertinente; que de las testimoniales surge que el actor ha hecho mejoras en el inmueble -remodelaciones y construcciones-; que de la constatación judicial emerge que el inmueble cuenta con una vivienda de material y se observa una construcción a concluir y escombros correspondientes a la referida obra; que con la prueba referida se acreditó el plazo legal de 20 años desde el 29/04/1984 fecha en que inicia la posesión el cedente, fijándose como fecha de adquisición por usucapión el 29/04/2004." El tribunal fundamentó que la prueba documental, testimonios
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