B., S. G. c/ EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE Y OTROS s/ ACCIDENTES Y/O ENFERMEDADES DEL TRABAJO
La Cámara de Apelación en lo Laboral rechazó la apelación parcial del actor contra la sentencia de primera instancia que consideró la indemnización suficiente con la suma percibida por la ART, justificando la decisión en la valoración de las pruebas y las pautas jurisprudenciales vigentes.
Actor: S. G. C. B. Demandado: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe y la ART. Objeto: Reclamo de daños resarcitorios por accidente laboral, incluyendo daño psíquico, daño a la integridad física, daño a la vida de relación, daño moral y otros rubros no considerados en la valoración inicial. Decisión: La Cámara confirmó la valoración de la sentencia de primera instancia, rechazando la apelación del actor y considerando que la suma percibida por la ART en 2016 resulta indemnización suficiente, con base en un análisis de la cuantificación del daño, la jurisprudencia aplicable y los montos de mercado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal destacó la insuficiencia de la demanda y del recurso en definir y cuantificar claramente los daños reclamados, señalando que la valoración del daño moral y psíquico debe sustentarse en pruebas y estimaciones concretas, y no en meras afirmaciones. Se enfatizó además que la reparación del daño no puede obligar a la víctima a un equivalente exacto, sino procurar satisfacciones sustitutivas, considerando el contexto económico y las reglas jurisprudenciales. La sentencia analizó la magnitud del daño en relación a los valores de mercado y a los estándares mínimos del sistema de riesgos del trabajo, concluyendo que la suma percibida en 2016 fue adecuada y suficiente. Se resaltó la dificultad de tasar el daño moral y psíquico, y se sostuvo que la reparación otorgada supera ampliamente los mínimos establecidos por la ley y la jurisprudencia, por lo que no amerita modificación alguna.
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