BOSCARINO, ANGEL ANTONIO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL ABRAHAM, GUSTAVO GABRIEL (1); BOSCARINO, ANGEL ANTONIO (2) s/ APELACION FISCAL RESOLUCION DE SOBRESEIMIENTO Y PLANTEO DEFENSA DE ABRAHAM s/ CADUCIDAD DE LA APELACION-APELACION RESOLUCION DE CAMARA DR. TIZON DE FECHAS 7; 13 Y 14 DE MAYO DE 2021-SISTEMA DE CONCLUSION DE CAUSAS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia admitió la queja contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad en un expediente penal, considerando que los agravios presentados tienen suficiente sustento para abrir la instancia extraordinaria y garantizar el derecho a la jurisdicción.
- Quién demanda: La defensa técnica de Angel Boscarino.
¿A quién se demanda?
La resolución 173 del 17 de marzo de 2022 del Tribunal Unipersonal del Colegio de Cámara Penal de Apelación de la Primera Circunscripción Judicial.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La denegación del recurso de inconstitucionalidad contra varias resoluciones judiciales que, en su opinión, violan derechos constitucionales, principios de legalidad, cosa juzgada y debido proceso.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, considerando que los agravios presentan suficiente fundamento para revisar la legalidad de las decisiones recurridas, y ordenó que se dé trámite a los autos principales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Dicho esto, en una apreciación mínima y provisoria propia de este estadio y sin que ello implique adelantar opinión sobre la sustantiva procedencia de la impugnación. Por ello, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: Admitir la queja y, en consecuencia, conceder el recurso de inconstitucionalidad interpuesto. Encontrándose en Secretaría los autos principales, imprímase a los mismos el trámite que corresponda." La Corte consideró que los agravios de la recurrente cuentan con suficiente asidero en las constancias de la causa y que la presentación articula con seriedad hipótesis de arbitrariedad que justifican la apertura del recurso extraordinario. Además, destacó que la resolución de la Cámara denegando la impugnación no fue definitiva para impedir la revisión constitucional, y que la defensa presentó un planteo que merece ser considerado para garantizar el derecho a la jurisdicción efectiva.
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