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S., J. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL S., J. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL-APELACION SOBRESEIMIENTO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial rechazó la queja contra la resolución que confirmó el rechazo del sobreseimiento en un juicio por abuso sexual. La decisión se fundó en que los agravios no configuraban una vulneración constitucional ni arbitrariedad, manteniendo la validez del proceso y las decisiones judiciales previas.

Arbitrariedad Costas procesales Recusacion Salud mental Derechos constitucionales Valoracion de pruebas Inimputabilidad Garantias procesales Recurso de inconstitucionalidad Rechazo del sobreseimiento


- Quién demanda: la defensa técnica de J. D. S.

¿A quién se demanda?

la resolución del Juez del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Circunscripción Judicial N° 3 de la Provincia, doctor Curik.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

la declaración de inconstitucionalidad de la resolución que confirmó el rechazo del sobreseimiento y la imposición de costas, por considerar que vulnera derechos constitucionales y presenta vicios de arbitrariedad.

¿Qué se resolvió?

la Corte provincial rechazó la queja y confirmó la validez de la decisión judicial, señalando que los agravios no constituyen una lesión constitucional ni arbitrariedad suficiente para abrir la vía extraordinaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostuvo que los planteos defensivos giraban en torno a la supuesta parcialidad de la Magistrada, la arbitrariedad en la valoración de pruebas y la decisión sobre la inimputabilidad del imputado. Sin embargo, los argumentos no demostraron una vulneración constitucional ni una arbitrariedad manifiesta. La resolución judicial fundamentó adecuadamente la confirmación del rechazo del sobreseimiento, considerando la insuficiencia de las informes de salud mental, la modalidad del hecho y la historia personal del imputado, en línea con los principios constitucionales y el debido proceso. La jurisprudencia citada avala que las diferencias de valoración de prueba o la discrepancia en la interpretación de la ley no habilitan la vía constitucional si no se configura arbitrariedad o lesión de derechos constitucionales. Además, la cuestión de costas fue considerada materia de derecho procesal que no justifica la intervención del tribunal constitucional en este caso.

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