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BATUECAS, MARIO JOSE Y OTROS c/ MUNICIPALIDAD DE LAGUNA PAIVA s/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Santa Fe ordenó el pago de las dietas adeudadas a concejales de Laguna Paiva correspondientes a marzo, abril y mayo de 2021. La decisión se fundamenta en la acreditación de la deuda y en la naturaleza alimentaria de los conceptos reclamados.

Medida cautelar Derechos patrimoniales Interes moratorio Naturaleza alimentaria Jurisdiccion contencioso administrativa Pago de haberes Inaccion administrativa Sentencia de primera instancia. Dietas de concejales Incumplimiento municipal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Mario José Batuecas, Germán Claudio Siviero y Germán José Furlano, concejales de Laguna Paiva. A quién se demanda (Demandado): Municipalidad de Laguna Paiva. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Pago de haberes adeudados, correspondientes a las dietas de marzo, abril y mayo de 2021, con intereses y costas. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Cámara hizo lugar a la medida cautelar y ordenó el pago de las dietas adeudadas en los períodos reclamados. Fundamentos principales de la decisión: La justificación del pedido en la acreditación de los nombramientos, recibos de sueldo y la falta de respuesta de la Municipalidad. La naturaleza alimentaria y remunerativa de las dietas, la acreditación de la deuda y la omisión deliberada por parte del municipio justificaron la procedencia de la medida cautelar. La jurisprudencia citada refuerza la necesidad de proteger derechos de carácter patrimonial y alimentario en casos similares, considerando que la demora en el pago genera daños irreparables a los concejales.

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