REDERO, JOSE HORACIO s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS
La Cámara de Apelaciones revocó la decisión de primera instancia, determinando que el último domicilio del causante, José Horacio Redero, es la calle Sarmiento 1718, en San Javier, Santa Fe, tras considerar las pruebas testimoniales y documentales que contradicen la constancia en la partida de defunción.
- Quién demanda: Los herederos Liliana Manuela Remiro, Mariela Silvina Redero, María Luz Redero y Diego Gastón Redero.
¿A quién se demanda?
La declaración de herederos y la determinación del último domicilio del causante.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión del domicilio del causante, alegando que el domicilio real es el habitual en San Javier, no el consignado en la partida de defunción.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la decisión que consideraba el domicilio en La Rioja, y establece que el último domicilio del causante es en San Javier, Santa Fe.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 2336 CCCN establece la competencia para entender en el juicio sucesorio al juez del último domicilio del causante. La jurisprudencia admite prueba en contrario sobre la constancia en la partida de defunción. La partida de defunción no prueba concluyentemente el último domicilio, y las declaraciones testimoniales que indican que el causante residía en La Rioja en carácter transitorio por motivos laborales, son coincidentes. La valoración de la prueba testimonial y documental en autos permite concluir que el domicilio en San Javier, en calle Sarmiento 1718, corresponde al último domicilio real del causante, y no el consignado en el acta de defunción. La contradicción entre las pruebas documentales y testimoniales justifica la revocación del fallo que atribuía el domicilio en La Rioja."
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