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OLIVA, JESUS ALBERTO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL MARECO, DIEGO RAUL; OLIVA, JESUS ALBERTO s/ DELITO CONTRA LA LIBERTAD, PRIVACION ILEGITIMA DE LA LIBERTAD, AMENAZAS CALIFICADAS, DELITO CONTRA LA PROPIEDAD, ROBO CALIFICADO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte de Santa Fe denegó el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Jesús Alberto Oliva contra la sentencia que confirmó la denegación del recurso de inconstitucionalidad, argumentando que el planteo no cumplía los requisitos formales y que no se evidenciaban vicios en la decisión de la instancia anterior.

Recurso extraordinario Arbitrariedad Apelacion denegada Inconstitucionalidad Garantias constitucionales Valoracion probatoria Plazo razonable Constitucionalidad Denegacion Corte provincial


- Quién demanda: Jesús Alberto Oliva

¿A quién se demanda?

Corte Suprema de Justicia de la Nación (a través del recurso extraordinario)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revisión de la resolución que denegó el recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia penal, alegando arbitrariedad y vulneración de garantías constitucionales.

¿Qué se resolvió?

La Corte provincial denegó el recurso extraordinario, considerando que la impugnación no cumplía con los requisitos legales y no demostraba la existencia de vicios que ameritaran su admisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El remedio presentado por la defensa técnica de Oliva, contra la decisión de este Cuerpo registrado en A. y S. T. 319, págs. 486/488 (fs. 97/99v.), no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3, incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En efecto, la impugnante no efectúa una crítica prolija y razonada de la resolución atacada, refutando debidamente todos y cada uno de los fundamentos independientes que le dan sustento en relación con las cuestiones federales planteadas." Además, se señaló que la defensa reiteró argumentos ya analizados y rechazados en instancias previas, sin aportar elementos nuevos que justifiquen la intervención del máximo tribunal federal. La Corte también sostuvo que "la impugnante sólo había desarrollado críticas genéricas de afectación a garantías superiores, sin rebatir que en el tratamiento brindado a cada tópico llevado a su consideración, los Judicantes se hubieran desentendido de los límites establecidos por la normativa de fondo aplicable," y que no existía la configuración de ningún supuesto que permitiera excepcionar la aplicación de la acordada 4/2007.

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