ANTILLE, BEATRIZ ROSARIO Y OTROS c/ ANTILLE, RICARDO LUIS Y OTROS s/ ORDINARIO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe rechaza el recurso de apelación en subsidio interpuesto contra la regulación de honorarios profesionales, sosteniendo que los agravios no son suficientes para modificar la decisión de primera instancia. La sentencia confirma la regulación de honorarios y la declaración de caducidad del recurso de apelación en la instancia previa.
- Quién demanda: El recurrente, Dr. Enrique C. Bértoli, en su carácter de parte que impugna la regulación de honorarios y la declaración de caducidad.
¿A quién se demanda?
La Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La modificación de la regulación de honorarios del Dr. Valli y la declaración de nulidad del procedimiento por supuesta irregularidad en la liquidación y en la regulación de honorarios en el incidente de caducidad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechaza los agravios y confirma la decisión que regula los honorarios en la suma de $14.280 por la impugnación de liquidación y en un 30% de esa suma por el incidente de caducidad, estableciendo que los agravios no contienen una crítica concreta ni razonar los errores del pronunciamiento de primera instancia. Además, se destaca que la diferencia en la regulación de honorarios entre las situaciones similares no configura un error ni un vicio de fondo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La expresión de agravios debe contener una crítica seria, objetiva y razonada contra el pronunciamiento apelado, que señale efectivamente las conclusiones de hecho y de derecho que, a juicio del recurrente, sean desacertadas, la motivación del disenso con ellas y las soluciones propuestas en cambio." "No son admisibles las manifestaciones que sólo pretenden imponer al tribunal de alzada una revisión indiscriminada de la sentencia, cuando se repiten argumentos ya esgrimidos en primera instancia y que fueron rechazados por el juez de la causa." "La posición sostenida por el recurrente, de que las situaciones a resolver en el incidente de impugnación y en la caducidad de la instancia recursiva son similares, no puede ser admitida, ya que la caducidad fue respecto al recurso de apelación interpuesto contra la resolución de impugnación de liquidación." "La cuantificación de honorarios en las respectivas instancias se ajustó a la normativa aplicable, y las quejas no logran demostrar error o vicio en la decisión." "El recurso en subsidio no devenga honorarios y se exceptúa de todo gravamen."
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