SPRETZ, CRISTIAN EZEQUIEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BENITEZ, DANIEL DARIO Y SPRETZ, CRISTIAN EZEQUIEL s/ HOMICIDIO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte provincial denegó el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Cristian Ezequiel Spretz contra la sentencia que confirmó su responsabilidad en un homicidio. La decisión se fundamentó en la falta de cumplimiento de requisitos formales y en que los agravios no evidenciaron vulneraciones constitucionales.
- Quién demanda: Cristian Ezequiel Spretz, en sede de recurso extraordinario.
¿A quién se demanda?
La sentencia del Tribunal de Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe, que confirmó su responsabilidad en un homicidio.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario para revisión por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, alegando arbitrariedad, violación al derecho a la tutela judicial efectiva y otras irregularidades.
¿Qué se resolvió?
La Corte provincial denegó la concesión del recurso extraordinario, considerando que los agravios no cumplen con los requisitos del artículo 3 de la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y que las críticas no desvirtúan la fundamentación de la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El remedio deducido por la defensa técnica contra la decisión de esta Corte no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3, incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Ello es así toda vez que, más allá del esfuerzo de la compareciente por esbozar una crítica a la resolución de esta Corte -achacando ausencia de tratamiento de las cuestiones planteadas, dogmatismo, arbitrariedad por insuficiente motivación y violación a la tutela judicial efectiva-, se advierte que en esencia la misma omite efectuar una crítica prolija y razonada del fallo atacado, refutando debidamente todos y cada uno de los fundamentos independientes que le dieron sustento en relación con las cuestiones federales planteadas." "Asimismo, tampoco demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión sea contraria al derecho aducido por su parte con fundamento en aquéllas." "Los agravios de la impugnante evidenciaban, a tenor de su formulación, sólo su mero disenso con la interpretación que de los hechos, las pruebas y el derecho común habían realizado los Jueces de la causa en ejercicio de funciones propias, sin alcanzar a descalificar el razonamiento al respecto por ilógico, insuficiente o violatorio a manda constitucional alguna." "Este Tribunal se adentró en el examen liminar de la admisibilidad sustancial y analizó el decisorio recurrido a la luz de los reproches defensivos. En tal labor, se observó que los Camaristas, mediante un pormenorizado estudio de las probanzas colectadas en la causa y con sustento en una valoración global de las mismas, habían explicado por qué cabía convalidar la declaración de
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