CASTAGNINO, ANDRES ALBERTO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL 1- CASTAGNINO, ANDRES ALBERTO; 2- COSME ALEGRE, FRANCO JESUS; 3- LUNA, KEVIN NAHUEL s/ HOMICIDIO DOLOSO-APELACION DEFENSA SENTENCIA CONDENATORIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la confirmación de la condena por homicidio simple. La resolución sostiene que los agravios no presentan vicios de constitucionalidad y que la valoración probatoria fue adecuada y fundada.
- Quién demanda: La defensa de Andrés Alberto Castagnino
¿A quién se demanda?
Tribunal del Colegio de Jueces de Segunda Instancia en lo Penal de la Primera Circunscripción Judicial
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo 613 del 8 de julio de 2022, que confirmó la condena de 16 años de prisión por homicidio simple
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó la queja por no evidenciar vicios de constitucionalidad ni irregularidades en la valoración probatoria o en la motivación del fallo. La resolución atacada fue fundada en un análisis lógico y razonado de las constancias del proceso, considerando que los agravios reiterados carecían de sustento suficiente para abrir la instancia de control constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La quejosa intenta reabrir debates ya resueltos en las instancias anteriores, sin aportar elementos que demuestren arbitrariedad o vulneración constitucional.
- La argumentación sobre la cadena de custodia y la valoración probatoria fue analizada y desestimada por la Cámara, quien valoró adecuadamente las pruebas.
- La supuesta incorrecta calificación legal y la supuesta imposibilidad de inferir la intencionalidad homicida fueron rechazadas, ya que la sentencia fundamenta la decisión en la existencia de indicadores claros de la tentativa de homicidio doloso.
- La valoración de la prueba testimonial y fílmica fue considerada lógica y razonable, sin vicios que afecten la constitucionalidad.
- La pena de 16 años fue fundamentada, y la quejosa no aportó argumentos que demuestren arbitrariedad en la decisión punitiva.
- La Corte concluyó que los agravios no constituyen cuestiones constitucionales relevantes que ameriten revisión en esta instancia.
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