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ROSALES, GONZALO JAVIER s/ ROBO AGRAVADO POR EFRACCION

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario revocó parcialmente la sentencia y calificó el hecho como robo simple en lugar de robo agravado por efracción, unificando la pena en cuatro años de prisión efectiva, tras analizar la prueba y corregir la calificación legal.

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Actor: La Fiscalía y la parte acusadora en primera instancia. Demandado: Gonzalo Javier Rosales. Objeto: Revisión de la sentencia condenatoria, específicamente la calificación legal y la pena impuesta. Decisión: La Cámara confirmó parcialmente la sentencia, revocó la agravante de efracción, calificó el hecho como robo simple, revocó la libertad condicional, y unificó la pena en cuatro años de prisión efectiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La valoración de las pruebas, especialmente los registros fílmicos y testimonios policiales, demuestra la autoría del imputado en los hechos. Sin embargo, la prueba de la efracción del artículo 167 inc. 3 del Código Penal no fue suficiente, ya que no se aportaron pruebas concluyentes de la rotura que justificara la agravante. La jurisprudencia exige una prueba clara y fotográfica sobre la modalidad de ingreso, lo cual no se acreditó". "Por ello, la calificación legal debe ajustarse a la figura de robo simple, y la pena se unifica en cuatro años de prisión, considerando las penas previas y la unificación aritmética". Disidencia: No se registra en el fallo.

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