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G., G. S. c/ C., F. B. -LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL-RECURSO DIRECTO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que rechazó la apelación extraordinaria en un proceso de liquidación de sociedad conyugal. El tribunal consideró que los agravios no demostraron arbitrariedad ni vulneración constitucional.

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- Quién demanda: F. B. C., en nombre propio y en representación de las sociedades F. B. C. S.A. y EL ESTERO S.A., y G. S. G., en carácter de socia.

¿A quién se demanda?

La Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se reconozca la arbitrariedad en la resolución que denegó su recurso de apelación extraordinario, y en consecuencia, que se conceda la reconsideración del recurso de inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema rechazó la queja, considerando que los agravios de los recurrentes no demostraron la existencia de una cuestión constitucional suficiente para otorgar el recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte reiteró que las cuestiones de honorarios y la calificación del trámite de liquidación de la sociedad conyugal son en principio insusceptibles de revisión por recurso de inconstitucionalidad, dado su carácter procesal y fáctico. La sentencia atacada fundamentó que la liquidación de la sociedad conyugal, aunque incidente, posee contenido económico propio y no puede considerarse un incidente meramente formal. Además, la Corte destacó que los agravios solo representan discrepancias con la decisión, sin demostrar arbitrariedad o lesión constitucional, y que la jurisprudencia limita la revisión de cuestiones de honorarios mediante esta vía. La disidencia del Ministro Netri consideró que los agravios tenían "prima facie" suficiente sustento y que la queja debería admitirse, pero la mayoría resolvió rechazarla.

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