MASTRIACOVO, JOSE MARIA c/ IACOMINI, RICARDO ALBERTO Y OTRO -ORDINARIO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja del accionante contra la resolución que no se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad interpuesto en un proceso civil. El tribunal sostuvo que la queja fue inadmisible y que no se acreditó retardo o denegación de justicia.
Actor: José María Mastriacovo Demandado: Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe Objeto: Impugnar la resolución que no se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad, y solicitar que se considere su queja por retardo y denegación de justicia. Decisión: La Corte Suprema declaró inadmisible la queja y rechazó su planteo, considerando que la queja debe fundarse en la resolución que decide la admisibilidad del recurso, no en providencias que solo disponen la suspensión o remiten actuaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La queja debe interponerse contra el auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad y fundarse en relación a sus fundamentos (art. 8, ley 7055), no pudiendo conferirse tal carácter a las providencias y resoluciones que no versaron sobre la admisibilidad de la impugnación, sino que solo dispusieron la suspensión de la tramitación del recurso y la remisión de las actuaciones al Juzgado de origen para el tratamiento del pedido de ampliación del arraigo." "En relación a las invocaciones de retardo y denegación de justicia, hay que decir que, a tenor de su formulación meramente genérica, el presentante no acredita hallarse imposibilitado de instar, por los medios procesales pertinentes, la pronta resolución del incidente de arraigo en orden a lograr la reanudación del trámite del recurso de inconstitucionalidad."
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