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V., C. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL V., C. A. s/ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO POR LA CONVIVENCIA PREEXISTENTE CON LA VICTIMA MENOR DE 18 AÑOS EN CONCURSO IDEAL CON PROMOCION A LA CORRUPCION AGRAVADA POR LA EDAD DE LA VICTIMA, POR MEDIAR AMENAZAS, POR EL VINCULO Y POR SER PERSONA CONVIVIENTE, BAJO LA MODALIDAD DE DELITO CONTINUADO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Provincial de Santa Fe denegó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la sentencia de la Cámara de Segunda Instancia en un proceso por abuso sexual agravado. La decisión se fundamentó en que las críticas de la recurrente resultaron en un simple desacuerdo con la valoración probatoria, sin demostrar arbitrariedad ni vulneración constitucional.

Arbitrariedad Derechos constitucionales Valoracion probatoria Sentencia confirmada Pena Fundamentacion suficiente Analisis judicial Recurso de inconstitucionalidad Calificacion legal Corte de santa fe

Quién demanda: La defensa de C. A. V.

¿A quién se demanda?

La Corte Provincial de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad de la sentencia que confirmó la condena por abuso sexual, alegando arbitrariedad y vulneración de derechos constitucionales.

¿Qué se resolvió?

La Corte denegó el recurso de inconstitucionalidad, confirmando la validez de la decisión de la Cámara de Segunda Instancia. Fundamentos principales de la decisión:
- La recurrente no realizó una crítica razonada ni específica que demuestre arbitrariedad en la valoración de la prueba o violación constitucional. "Las genéricas y reiterativas críticas sólo evidencian un nuevo intento de imponer su propia interpretación de los hechos y el derecho aplicable".
- La valoración probatoria efectuada por la Cámara de Segunda Instancia fue motivada y suficiente, sin que se acreditara arbitrariedad. "Se brindaron las razones por las cuales los reproches no excedían del ámbito propio de las facultades valorativas de los Magistrados".
- Las alegaciones sobre la calificación legal y la pena tampoco prosperaron, pues la valoración de los hechos y la fundamentación de la pena fueron consideradas ajustadas y fundamentadas. "No se demostraba una aplicación indebida o una violación de las pautas legales de mensuración de la respuesta punitiva".
- La revisión de la valoración probatoria y la calificación legal representan un debate propio de los jueces de la causa, sin que exista prueba de arbitrariedad. "No se logra delinear idóneamente un vicio propio del pronunciamiento atacado".
- La Corte concluyó que las argumentaciones de la recurrente no constituyen hipótesis constitucionales que ameriten la intervención federal, y que la sentencia recurrida se ajustó a derecho. Además, la Corte recordó que no resultaba necesario ampliar consideraciones dada la inexistencia de hipótesis que permitan la admisión del recurso.

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