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PEDIDOS YA S.A. c/ MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL -SENTENCIA CONTRA DECISIONES ADMINISTRATIVAS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario presentado por PEDIDOS YA S.A. contra la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Laboral, confirmando la decisión de no admitir la vía federal por incumplimiento de requisitos formales y la ausencia de cuestionamientos jurídicos sustantivos fundados en derecho federal.

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Actor: PEDIDOS YA S.A. Demandado: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Objeto: Recurso extraordinario federal contra la sentencia que rechazó su queja por decisiones administrativas y las multas impuestas en el marco de la causa laboral. Decisión: La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando que la impugnante no cumplió los requisitos formales del artículo 3 incisos c), d) y e) del reglamento de la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La recurrente no realizó una crítica razonada ni prolija de la sentencia atacada, incumpliendo lo dispuesto en el reglamento. No demostró que la decisión recurrida fuera contraria a normas federales ni que mediara una relación directa e inmediata entre las normas invocadas y la caso concreto. La Corte evaluó que las alegaciones de la impugnante se limitaron a expresar disenso y disconformidad con la valoración de los hechos y la aplicación del derecho, sin ofrecer argumentos o elementos probatorios que hicieran a la arbitrariedad o lesión de derechos constitucionales. La actividad jurisdiccional de valoración de la prueba y de interpretación del derecho realizada por la Cámara de Apelación fue considerada adecuada, en línea con los límites de sus facultades. La Corte sostuvo que la impugnante no aportó argumentos que justificaran la apertura de la vía del artículo 14 de la ley 48, por lo que rechazó el recurso.

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