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INTEGRAL INSUMOS S.C. c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe resolvió rechazar el recurso de apelación contra la sanción aplicada por incumplimiento en el mantenimiento del sistema de impresión, confirmando la legalidad de la multa y la validez del procedimiento administrativo.

Recurso de apelacion Incumplimiento contractual Multa Procedimiento administrativo Sancion administrativa Seguridad laboral Mantenimiento preventivo y correctivo Clausulas de penalizacion Contrato estatal Sistema de impresion.

Quién demanda: Integral Insumos S.C. (empresa contratista)

¿A quién se demanda?

Provincia de Santa Fe, Dirección Provincial de Contrataciones y Suministros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de multa de $24.061,62, nulidad de disposiciones y devolución del importe retenido con intereses y costas

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación, confirmando la legitimidad de la multa y la correcta aplicación del procedimiento sancionatorio. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal sostuvo que la cláusula del pliego que regula multas por problemas en el servicio no exige una interrupción total del sistema, sino que también abarca situaciones de funcionamiento irregular que puedan poner en riesgo la seguridad del personal. Se analizó que, en el período del 27 de mayo al 8 de junio de 2005, la impresora presentó desperfectos que no implicaron una detención total, pero sí constituyeron incumplimientos que justificaron la multa. Se destacó que la actora no negó la existencia de los desperfectos ni la responsabilidad del incumplimiento, sino que cuestionó la gravedad y la causa de la sanción. Además, se verificó que la documentación administrativa respalda la aplicación de la multa y que la misma fue realizada conforme a las cláusulas contractuales y las normativas aplicables. La interpretación del pliego fue amplia, incluyendo no solo interrupciones totales sino también defectos que comprometen la seguridad y el correcto funcionamiento del sistema, justificando la procedencia de la sanción. Los jueces coincidieron en que la sanción fue fundada y que la vía administrativa fue respetada, por lo que corresponde confirmar la decisión.

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