RECCE, GERARDO Y OTROS c/ MALIZZANI, DANIEL Y OTROS -DAÑOS Y PERJUICIOS- (Y SU ACUMULADO CORDOBA, KAREN ESTEFANIA c/ MALIZZANI, DANIEL IGNACIO Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS) -RECURSO DIRECTO- (CUIJ 21-04911715-6) s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Santa Fe deniega el recurso directo interpuesto por los demandantes contra la sentencia que confirmó la resolución que desestimó su queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad en un juicio por daños y perjuicios por fallecimiento en accidente de tránsito.
- Quién demanda: Gerardo Recce y Liliana Inés Cardozo
¿A quién se demanda?
Tribunal de origen y Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Concesión del recurso de inconstitucionalidad y revisión del fallo que confirmó la denegación del recurso extraordinario contra la sentencia que desestimó la demanda por daños y perjuicios por la muerte de su hijo en un accidente de tránsito.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe denegó el recurso extraordinario por inadmisible, confirmando la decisión de no conceder el recurso de inconstitucionalidad y justificando que los agravios no demostraban vulneración constitucional ni arbitrariedad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte analizó que los recursos interpuestos no cumplían con los requisitos del reglamento de la Acordada 4/2007, ya que solo reiteraban planteos de hecho, prueba y derecho común sin argumentar con eficacia la arbitrariedad o la vulneración constitucional. Indicaron que la resolución de la Cámara de Apelación fue fundada en la valoración de las pruebas, incluyendo declaraciones policiales y sumario penal, y que la admisión de esas pruebas en sede civil no implicaba vulneración del derecho de defensa si los interesados tuvieron oportunidad de ofrecer prueba contraria. La Corte citó Fallos:182:502, 219:54 y recordó que la valoración de la prueba documental y testimonial es tarea propia del juez, en base a la sana crítica, y que la discrepancia en la valoración probatoria no habilita la revisión federal si no se evidencian arbitrariedades. Concluyó que los agravios de los recurrentes solo reiteraban argumentos sin demostrar la existencia de vicios constitucionales o arbitrariedad, por lo que la queja fue desestimada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: