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CALLEGARI, JUAN BAUTISTA LUCIANO c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe ordena la reubicación jerárquica del actor en la carrera policial, confirmando la procedencia del recurso y anulando el decreto que lo afectaba, por considerar que tenía derecho a ser reubicado en el grado de Oficial Auxiliar según la ley 12.521.

Recurso de apelacion Carrera policial Ascensos Ley 12.521 Reubicacion jerarquica Antigu


- Quién demanda: Juan Bautista Luciano Callegari (Actor)

¿A quién se demanda?

Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La anulación del decreto 5430/16 y su efecto retroactivo, solicitando ser reubicado jerárquicamente en el grado de Oficial Auxiliar (actual Subinspector) en la carrera policial, con reconocimiento de antigüedad y sin diferencias salariales retroactivas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró parcialmente procedente el recurso, anulando el decreto 5430/16 y ordenando que, al 16.4.2012, el actor tenía derecho a su reubicación jerárquica conforme a la ley 12.521, en el grado de Oficial Auxiliar (Subinspector). Además, se impusieron costas en un 20 % al actor y en un 80 % a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El tema en debate se centra en dilucidar si, de acuerdo a la normativa aplicable al caso, el actor, al ser transferido al nuevo cuerpo y escalafón, tiene derecho a que se lo reubique jerárquicamente conforme al grado que entiende le corresponde para el ingreso respectivo -Oficial Auxiliar-. En ese sentido, las cuestiones debatidas en el presente caso guardan substancial analogía con las consideradas y resueltas por este Tribunal en las causas 'Bertona', 'Bartizzaghi', 'Lázaro', 'Zavaleta', 'Segata', 'Villalba', 'Dal Lago' y 'Núñez Alem'; y por la Cámara de Rosario en autos 'Riera' y otros. Las razones allí ofrecidas son trasladables al presente caso; y resultan suficientes para concluir que el actor, desde la notificación de la resolución 255/12 (16.4.2012), tenía derecho a ser reubicado jerárquicamente en el Escalafón Profesional, Subescalafón Jurídico, en el grado de Oficial Auxiliar -actual Subinspector, según la ley 12.521." Se rechaza la pretensión de juntas ad-hoc para la reconstitución de la carrera, dado que los ascensos en el nuevo sistema se efectúan mediante concursos, conforme a la ley 12.521. "Por ello, el recurso resulta parcialmente procedente, debiendo anularse el decreto 5430/16 y ordenarse la reubicación del actor en el grado correspondiente a su derecho en 2012."

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