FREIJES, MARIA ROSA Y OTROS c/ ARCOLEN ARGENTINA S.A. Y OTROS -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Laboral, confirmando la validez de la valoración probatoria y la interpretación del derecho laboral en el caso.
- Quién demanda: Los co-demandados (Betty E. Alfaro y otros) en contra de la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Laboral.
¿A quién se demanda?
La decisión de la Cámara, que confirmó la sentencia de primera instancia.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de la sentencia, cuestionando varias decisiones procesales y valoraciones probatorias, incluyendo nulidades, responsabilidad solidaria, y aspectos de las registraciones laborales.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por considerar que los agravios no constituyen un supuesto de arbitrariedad ni vulneración constitucional, sino discrepancias sobre valoraciones fácticas y jurídicas propias de los tribunales de grado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal concluyó que los planteos de los recurrentes giran en torno a valoraciones fácticas y de derecho que son propias de los jueces de instancia. "Las cuestiones planteadas merecieron adecuado tratamiento en el fallo atacado" y "los motivos invocados -discrepancia con el examen de los hechos, la valoración de la prueba y la interpretación y aplicación del derecho
- resultan ajenos a la instancia de excepción a la que se pretende acceder". Además, se resaltó que los agravios no demostraron arbitrariedad ni falta de fundamentación, sino simples disconformidades, por lo que la vía constitucional no resulta procedente. La Corte ratificó que la queja debe cumplir requisitos formales y sustanciales, que en este caso no se acreditaron, confirmando el rechazo de la misma.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: