ESQUIVEL, PEDRO DOMINGO c/ MUNICIPALIDAD DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 de Santa Fe rechazó el recurso de Pedro Domingo Esquivel contra la sanción de suspensión y ordenó su reincorporación a la categoría 21 desde el 1 de abril de 2014. La decisión se fundamentó en la validez del acto administrativo y la legalidad del procedimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Pedro Domingo Esquivel, demanda contra la Municipalidad de Santa Fe para que se anule la resolución 86/16, que le impuso una suspensión de 25 días, y se le restituya en su cargo de Jefe de Departamento, además de solicitar el pago de haberes devengados, adicional por subrogancia y daño moral. Relata su ingreso en 1977 y su desempeño en cargos de subrogancia, principalmente en Control y Espectáculos Públicos, y argumenta que la sanción es arbitraria, sin causa, motivación y con irregularidades en su traslado preventivo. La Municipalidad, en su contestación, sostiene que el acto fue válido, motivado y respetó el debido proceso, y que los hechos probados justifican la sanción. La Cámara concluye que el acto administrativo fue legítimo, que las pruebas respaldan la imputación y que no se evidencia desviación de poder ni arbitrariedad. Además, se declara la ilegitimidad del traslado preventivo por condiciones deplorables y prolongación indebida, pero rechaza el reclamo de percepción del suplemento por subrogancia y daño moral. La sentencia confirma la validez del acto sancionatorio y establece la reincorporación del actor a partir del 1 de abril de 2014, con costas en un 60% a cargo del actor y 40% a la Municipalidad.
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