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GALEANO, LEONARDO EZEQUIEL s/ HOMICIDIO CALIFICADO CRIMINIS CAUSA s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja contra la decisión de confirmar la condena a prisión perpetua por homicidio calificado criminis causa, considerando que los agravios no demostraron afectación constitucional ni arbitrariedad en la sentencia. La resolución se fundamentó en la valoración de las pruebas y garantías procesales.

Arbitrariedad Recurso de queja Inconstitucionalidad Garantias constitucionales Valoracion probatoria Recursos extraordinarios Derecho penal Prision perpetua Homicidio calificado Validez de pruebas


- Quién demanda: Defensa de Leonardo Ezequiel Galeano

¿A quién se demanda?

la resolución del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial

¿Cuál es el objeto del reclamo?

la declaración de inconstitucionalidad de la condena y la invalidación de las pruebas y decisiones que condujeron a la condena, alegando vulneraciones constitucionales y arbitrariedad

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema rechazó la queja y confirmó que los argumentos de la defensa no lograron demostrar una afectación constitucional actual, ni arbitrariedad en la valoración probatoria, afirmando que las decisiones judiciales están debidamente fundamentadas en las constancias del proceso

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte analizó en detalle los agravios de la defensa, concluyendo que estos no configuran cuestiones constitucionales que justifiquen la vía extraordinaria. Se destacó que la valoración de la prueba y la calificación legal de los hechos son cuestiones de derecho común y no de carácter constitucional, salvo casos de arbitrariedad que no fueron acreditados. La resolución recurrida se sustentó en la sana crítica racional y en la valoración razonada de la prueba, respetando los principios constitucionales y garantías procesales. Se precisó que la impugnación por la existencia de arbitrariedad requiere demostración de un apartamiento patente del derecho y no meras disconformidades con las conclusiones judiciales. La Corte también rechazó los argumentos respecto a la pena de prisión perpetua, señalando que las cuestiones relativas a la pena son de legislación común y no de constitucionalidad, y que el planteo de la inconstitucionalidad de la pena no tiene un conflicto actual y concreto que justifique la revisión en esta instancia.

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