A., R. Z. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL A., R. Z. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y ABUSO SEXUAL SIMPLE- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Provincial deniega el recurso de inconstitucionalidad presentado por R. Z. contra la decisión del Tribunal de Rosario. La resolución sostiene que el memorial recursivo no cumple con los requisitos formales y sustanciales para su admisión, confirmando la constitucionalidad de la sentencia impugnada.
- Quién demanda: R. Z. (imputado y recurrente)
¿A quién se demanda?
Tribunal de Rosario y Corte Suprema de Justicia de la Nación
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario por inconstitucionalidad
¿Qué se resolvió?
La Corte provincial deniega el recurso por no cumplir los requisitos formales y por no demostrar la existencia de una lesión constitucional suficiente
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte sostuvo que el memorial presentado por R. Z. no cumple con los requisitos establecidos en los artículos 2 y 3
- inciso "b"
- del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la CSJN, ya que carece de carátula y relato de circunstancias relevantes, además de no efectuar una crítica razonada que refute las motivaciones del fallo atacado ni demostrar una vinculación directa entre las normas invocadas y la resolución judicial. En ese sentido, se indicó que "los planteos expuestos constituyen un intento por renovar la discusión respecto de cuestiones ya tratadas y resueltas", y que las alegaciones de vulneración de derechos constitucionales eran "meras consideraciones abstractas, sin vincularlas adecuadamente con las constancias de la causa". La Corte concluyó que "las postulaciones relativas a supuestas vulneraciones a derechos constitucionales consistían en meras consideraciones abstractas, sin vincularlas adecuadamente con las constancias de la causa, por lo que estaban desprovistas de la debida motivación". Finalmente, declaró que "las alegaciones formuladas en sustento del remedio extraordinario federal no resultan suficientes en orden a demostrar que la decisión de este Tribunal no contenga razones jurídicas bastantes".
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