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CALVO, MACARENA c/ FUNDACION ATILRA s/ COBRO DE PESOS LABORAL

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe confirmó la sentencia que rechazó el despido indirecto por falta de prueba de las injurias alegadas y revocó la condena por malos tratos, avalando la valoración probatoria y la invariabilidad de la causa del despido.

Recurso de apelacion Costas procesales Despido indirecto Valoracion de testigos Mobbing y acoso laboral Prueba testimonial y valoracion probatoria Invariabilidad de la causa del despido Derechos laborales y garantias constitucionales Inseguridad juridica en la valoracion probatoria Normativa laboral y proteccion de derechos de la mujer

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora demandó por despido indirecto alegando hostigamiento, mobbing y malos tratos que motivaron su autodespido, reclamando rubros laborales. La demandada negó las injurias y cuestionó la existencia de acoso laboral, aportando prueba de trato cordial. La sentencia de primera instancia parcialmente hizo lugar a la demanda, condenando a la fundación a pagar ciertos rubros y considerando acreditadas algunas conductas de hostigamiento. La actora agravió por rechazo de haberes, diferencias salariales y costas. La demandada agravió por considerar que la causa del despido no fue probada y que las injurias no fueron acreditadas, además de cuestionar la valoración probatoria, especialmente la credibilidad de la testigo Tulián. La Cámara sostuvo que la prueba testimonial no acreditó los hechos alegados por la actora a partir de 2017, ya que la única testigo que dio cuenta de malos tratos, Tulián, declaró que se desvinculó en 2016, por lo que no pudo haber presenciado hechos posteriores. Además, las declaraciones de los otros testigos que negaron malos tratos y acoso fueron desatendidas, y la valoración probatoria fue arbitraria. La sentencia apelada modificó la causa del despido en base a hechos no invocados ni probados, vulnerando el principio de invariabilidad de la causa y el derecho de defensa. La Cámara concluyó que el autodespido no fue justificado y que la causa invocada por la actora no fue probada, por lo que correspondía rechazar la demanda y confirmar la sentencia. En consecuencia, se revocó la condena por malos tratos y se impusieron las costas a la actora.

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