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SUMMER, NESTOR EDUARDO DAVID -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL SUMMER, NESTOR EDUARDO DAVID s/ ROBO CALIFICADO Y OTROS DELITOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechaza la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa de Néstor Eduardo Summer contra la declaración de reincidencia confirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal. La decisión se fundamenta en que los agravios no evidencian arbitrariedad ni vulneración constitucional, y que la interpretación de la ley por los jueces fue fundada y razonable.

Recurso de queja Principios constitucionales Reinsercion social Declaracion de reincidencia Interpretacion legal Ejecucion penal Santa fe Inconstitucionalidad. Articulo 50 del codigo penal


- Quién demanda: Néstor Eduardo Summer, a través de su defensa técnica.

¿A quién se demanda?

La decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Circunscripción Judicial N° 2 de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de reincidencia, alegando interpretación arbitraria del artículo 50 del Código Penal y vulneración de principios constitucionales como el derecho a la reinserción social y el principio de inocencia.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja, confirmando la decisión de la Cámara. La resolución consideró que la interpretación de la Cámara, que afirmó que Summer cumplió parcialmente la pena en un establecimiento que permite la reincidencia, fue fundada en la normativa y en los principios de ejecución penal, sin que exista arbitrariedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios de la defensa se dirigen a cuestionar la decisión del Tribunal de Apelación Oral que se integró luego de que esta Corte ordenara la revisión de la sentencia apelada conforme el criterio expuesto en la causa 'Scalcione'. La Cámara consideró que la reincidencia debía declararse aún cuando la pena anterior hubiera sido cumplida en una dependencia policial, basándose en la interpretación del artículo 50 del Código Penal, la normativa de ejecución penal y los principios constitucionales. La interpretación de los jueces fue fundada en el marco legal, evaluando además aspectos como la evaluación interdisciplinaria favorable a la reinserción social y el cumplimiento parcial de la pena en un establecimiento habilitado para ello. La Corte concluyó que los agravios no evidencian arbitrariedad ni vulneración constitucional, por lo que procede rechazar la queja." No se registran votos disidentes relevantes.

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