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A., L. M. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL A., L. M. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Superior de Santa Fe denegó la concesión del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó la condena por abuso sexual con acceso carnal, argumentando que el recurso no cumplía con los requisitos formales y sustanciales para su admisibilidad.

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Actor: La defensa de L. M. A. Demandado: La Corte Superior de Santa Fe Objeto: La concesión del recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra la decisión de este Tribunal de denegar la vía de inconstitucionalidad en la causa penal por abuso sexual con acceso carnal, alegando vulneración de garantías constitucionales y gravedad institucional. Decisión: La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario, considerando que no se cumplieron los requisitos formales y que las impugnaciones presentadas eran genéricas y sin relación concreta con las normas federales invocadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso deducido por la defensa del imputado contra la resolución de esta Corte registrada en A. y S. T. 327, págs. 16/19 no cumple con los recaudos dispuestos en el artículo 3 -incisos "d" y "e"
- del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al no efectuar una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando todas y cada una de las motivaciones enunciadas por este Tribunal Superior, demostrando, asimismo, que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales aludidas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho federal invocado. La impugnante se limita a reiterar los planteos defensivos realizados en las distintas oportunidades recursivas, sin refutar la motivación del Tribunal que desestimó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad local. Además, la queja no desarrollaba una reseña circunstanciada del proceso ni una crítica completa y razonada de los argumentos del fallo condenatorio, ni demostraba cómo los derechos invocados tenían relación con lo ocurrido en la causa. La mera alusión a normas constitucionales no basta para admitir un recurso de inconstitucionalidad sin una crítica concreta y fundada. La Corte concluyó que con los defectos señalados y los reproches genéricos, la presentación solo expresaba disenso sin evidenciar un vicio constitucional, por lo que se denegó la concesión del recurso extraordinario."

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