FERREYRA, ANDREA ALEJANDRO c/ CARREFOUR S.A. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS JUICIOS ORDINARIOS
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario revocó la sentencia de primera instancia y declaró responsable a Carrefour S.A. por sustracción de vehículo en su playa de estacionamiento, considerando que la falta de controles adecuados invierte la carga probatoria en favor del consumidor.
- Quién demanda: Andrea Ferreyra (actora)
¿A quién se demanda?
Carrefour S.A. (demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por sustracción de vehículo Renault 12, con un valor actualizado de $106.116, y gastos de mediación prejudicial de $2.900.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de grado y condenó a Carrefour a resarcir a la actora, considerando que la falta de control en el estacionamiento y la actitud displicente de la demandada constituyen responsabilidad por daños y daños materiales, extendiendo la condena a la aseguradora en la medida del seguro.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se ha aplicado la teoría de las cargas probatorias dinámicas, dado que el hecho denunciado por la actora, que actuó como una persona media, resulta verosímil y acreditado por las circunstancias del caso. La demandada, responsable por ofrecer un servicio de estacionamiento en un hipermercado, tiene la obligación de garantizar la seguridad, y su inacción en la organización del control y vigilancia implica incumplimiento de sus obligaciones. La jurisprudencia ha establecido que en estos supuestos, la carga de probar que el hecho ocurrió en un lugar y tiempo en que la demandada no tuvo control corresponde a la parte demandada, por lo que la responsabilidad se presume ante la falta de prueba en contrario." "El daño material del vehículo, cotizado en $106.116 en 2016 y actualizado, debe ser indemnizado, sumando intereses y tasas aplicadas por el Banco de la Nación Argentina desde la fecha del hecho." "Asimismo, la privación de uso del vehículo, estimada en $600 diarios por 25 días hábiles, totaliza $510.000, con intereses desde la ocurrencia del hecho." "El costo de mediación prejudicial, $2.900, también será actualizado con tasa activa."
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