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GIMENEZ, JULIO EZEQUIEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL GIMENEZ, JULIO EZEQUIEL s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL VINCULO COMETIDO BAJO CIRCUNSTANCIAS EXTRAORDINARIAS DE ATENUACION- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo que confirmó parcialmente la condena de 16 años y 6 meses de prisión por homicidio calificado. La decisión se fundamentó en que los agravios no demostraron arbitrariedad ni violación constitucional.

Arbitrariedad Recurso de queja Valoracion de la prueba Inconstitucionalidad Derechos constitucionales Valoracion probatoria Sentencia confirmada Pena privativa de libertad Graduacion de la pena Justicia de santa fe


- Quién demanda: La defensa de Julio Ezequiel Giménez

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo 557 del 25/11/2022, por supuesta arbitrariedad en la determinación de la pena y valoración de la prueba.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la queja por considerarse que los agravios no configuran una cuestión constitucional, ya que solo implican una disconformidad con la valoración de la prueba y la interpretación jurídica realizada por los jueces de grado. La Corte sostuvo que la función de los tribunales inferiores en la valoración de la prueba y la graduación de la pena no son revisables en esta vía, salvo arbitrariedad. La resolución del tribunal de grado estuvo suficientemente fundamentada, considerando las circunstancias del caso, como el entorno familiar y el estado del imputado. Además, los argumentos sobre la valoración de las declaraciones testimoniales y la pena no lograron demostrar la existencia de arbitrariedad o violación de derechos constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De los fundamentos del memorial recursivo y su liminar confrontación con la sentencia atacada surge que, pese a invocarse arbitrariedad en los motivos expuestos por los Judicantes para confirmar parcialmente la decisión de grado, en sustancia, se discute la interpretación que de los hechos, prueba y derecho común aplicó el Tribunal en ejercicio de funciones propias, cuestión ajena -por regla
- al recurso extraordinario intentado." "Los cuestionamientos de la recurrente se dirigen, por un lado, contra la valoración efectuada por los Magistrados sobre lo expuesto por ciertas profesionales en el debate en relación al justiciable; y, por el otro, a criticar la respuesta punitiva finalmente impuesta por la Cámara, luego de entender que correspondía confirmarse la subsunción típica de los hechos que habían realizado los Jueces de grado." "Por ello, la Corte concluye que no se ha acreditado arbitrariedad alguna en la valoración de la prueba o en la fundamentación del fallo, y que los agravios no tienen entidad constitucional suficiente para habilitar la revisión de la sentencia en esta vía."

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