RIDOLFI, MAGALI ESTEFANIA c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA
La Cámara de Apelaciones de Santa Fe rechazó la medida cautelar solicitada por una aspirante a ingresar al LIX Curso de Formación del Servicio Penitenciario, argumentando que la cuestión excede su competencia y que no se acreditan condiciones para su admisión anticipada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Magalí Estefanía Ridolfi, demanda una medida cautelar para que se le permita continuar en el proceso de evaluación y, en caso de ser apta, incorporarse al curso de formación del Servicio Penitenciario.
- La demandada, la Provincia de Santa Fe, sostiene que la medida no corresponde en esta instancia, pues la cuestión es propia de un proceso contencioso administrativo y no de una cautelar, además de que la resolución que la excluyó del proceso fue dictada posteriormente y no puede ser afectada por la medida.
- La Cámara concluyó que no concurren circunstancias excepcionales que justifiquen la intervención anticipada del tribunal, ya que la situación de la actora fue modificada por la disposición 40/22, cuya legitimidad no integra la presente litis cautelar. Además, advirtió que la valoración de los hechos y pruebas excede la competencia de estas cautelares y que el planteo se basa en cuestiones interpretativas que no corresponden a esta vía.
- La sentencia enfatiza que la discusión sobre el método de evaluación y la legalidad del proceso corresponde a un proceso principal y no es apta para la vía cautelar, que requiere de un daño irreparable o de una ilegitimidad manifiesta.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: