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R., A. D s/ HOMICIDIO CALIFICADO POR MANTENER UNA RELACION DE PAREJA Y MEDIAR CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GENERO Y HOMICIDIO SIMPLE EN CONCURSO REAL.

La Cámara de Rosario confirmó la condena de prisión perpetua por homicidio calificado y violencia de género, rechazando los argumentos defensistas y ratificando la valoración probatoria que atribuye responsabilidad a R. en el crimen.

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Actor: La Fiscalía y el Tribunal de Primera Instancia. Demandado: A. R. Objeto: La confirmación de la condena de prisión perpetua por homicidio doblemente calificado y violencia de género. Decisión: La Cámara confirma en su totalidad la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La investigación y prueba colectada en juicio conducen de manera coherente a la responsabilidad de R. en los homicidios de I. T. y R. D., en un contexto de violencia de género. La valoración de las pruebas, incluyendo testimonios, informes médicos y análisis de telefonía, respalda la hipótesis fiscal. La defensa no logró desvirtuar la solidez probatoria ni presentar hipótesis alternativas convincentes. La existencia de indicios como la presencia del imputado en el domicilio en horario del ataque, las evidencias científicas de la autopsia y la manipulación de la escena, consolidan la culpabilidad, descartando las teorías de terceros. La calificación legal por femicidio y homicidio simple en concurso es correcta, y la pena de prisión perpetua no viola derechos constitucionales ni convencionales, por lo que se confirma la sentencia en todos sus términos." Fundamentos adicionales:
- "La valoración de la prueba en el proceso penal debe realizarse en conjunto, considerando todos los indicios y evidencias, sin que las especulaciones alternativas tengan virtualidad suficiente para revertir la certeza probatoria alcanzada."
- "El sistema jurídico argentino avala la pena de prisión perpetua en casos de femicidio, sin que ello contravenga principios constitucionales, dado que la misma se encuentra respaldada por la normativa internacional y las obligaciones del Estado."

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