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GIMENEZ, MAXIMILIANO s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL VINCULO COMETIDO BAJO CIRCUNSTANCIAS EXTRAORDINARIAS DE ATENUACION

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que condenó a Maximiliano Giménez a 16 años y 6 meses de prisión por homicidio en contexto de violencia familiar, rechazando agravios y considerando las circunstancias atenuantes y agravantes del caso.

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¿Quién es el actor?

La defensa de Maximiliano Giménez interpuso recurso de apelación contra la sentencia que lo condenó a 20 años de prisión por homicidio agravado por el vínculo.

¿A quién se demanda?

La sentencia de primera instancia, dictada por el Tribunal Pluripersonal de Rosario, condenó a Giménez por homicidio agravado en circunstancias de violencia familiar.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La defensa solicitó la reducción de la pena, la declaración de inimputabilidad por estado de emoción violenta, y la consideración de circunstancias extraordinarias de atenuación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia, ajustando la pena a 16 años y 6 meses de prisión, rechazando los agravios de la defensa y la fiscalía, y considerando que las circunstancias familiares y personales del imputado justifican una menor sanción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios de la defensa centraron sus argumentos en la supuesta inimputabilidad del acusado por estado de emoción violenta, su historia de violencia familiar y su contexto personal. Sin embargo, tras analizar la prueba pericial y testimonial, la Cámara concluyó que Giménez comprendía la criminalidad de sus actos y podía dirigir sus acciones, descartando la inimputabilidad. La existencia de violencia familiar y antecedentes de malos tratos fueron considerados como circunstancias atenuantes, pero no justifican la eximente total o parcial. La conducta del imputado fue deliberada y premeditada, y el hecho en sí mismo revela la existencia de dolo directo. La pena impuesta se ajustó a los principios de proporcionalidad y justicia, teniendo en cuenta las circunstancias agravantes y atenuantes, y la gravedad del delito."

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