YPF S.A. c/ COMUNA DE SAUCE VIEJO -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACION (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe deniega el recurso extraordinario presentado por YPF S.A. contra la sentencia que declaró la caducidad de instancia en un proceso contencioso administrativo. La decisión se fundamenta en que las alegaciones no cumplen con los requisitos de admisibilidad y carecen de sustento jurídico suficiente.
- Quién demanda: YPF S.A.
¿A quién se demanda?
COMUNA DE SAUCE VIEJO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad y casación, solicitando la declaración de inconstitucionalidad del artículo 30 de la ley 11330 y del artículo 232 del Código Procesal Civil y Comercial.
¿Qué se resolvió?
La Corte deniega la concesión del recurso extraordinario federal, confirmando que los planteos de la actora son meramente disconformes con la decisión de la Cámara y que no cumplen los requisitos de admisibilidad establecidos en la normativa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte analizó que la impugnación no efectuó una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, incumpliendo los requisitos del artículo 3 de la acordada 4/2007 de la CSJN. Añadió que las alegaciones de la recurrente se limitaron a expresar disconformidad con los fundamentos de la decisión de la Cámara, sin demostrar la existencia de un vicio constitucional que justifique la revisión extraordinaria. La Corte también destacó que las cuestiones planteadas en el recurso de queja y casación remiten a la misma sustancia de los planteos previos, sin aportar nuevos argumentos que puedan habilitar la intervención de la instancia federal. Además, se sostuvo que los argumentos relacionados con la discriminación y la constitucionalidad de los plazos procesales no lograron establecer un vicio propio del pronunciamiento atacado ni demostrar, siquiera prima facie, la configuración de algún supuesto que permita franquear la instancia.
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