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MATURANO, NESTOR ANTONIO s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO EN CONCURSO REAL CON EL DELITO DE PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA

La Cámara de Rosario confirmó la sentencia que condenó a Néstor Antonio Maturano a 12 años de prisión por homicidio agravado y portación ilegítima de arma de guerra, considerando adecuada la pena y fundamentando la proporcionalidad y valoración de las circunstancias del hecho.

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- Quién demanda: La Fiscalía interpone recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia.

¿A quién se demanda?

Al fallo que condenó a Néstor Antonio Maturano a 12 años de prisión.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La Fiscalía solicita la modificación de la pena, proponiendo 15 años de prisión, por considerar que la pena impuesta es insuficiente dado los agravantes.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia impugnada sin modificar la pena, considerando que la misma es justa y adecuada a las circunstancias del hecho y la legislación aplicable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El fallo mensura como pena justa y equitativa la de 12 años de prisión, accesorias legales y costas. La Fiscalía en baja instancia había propuesto una pena de 15 años
- lo que mantuvo en la audiencia de apelación-. La Defensa, por su parte, solicitó el rechazo del aumento de pena, peticionando que se mantenga la pena impuesta en baja instancia. En orden a los agravios de la Fiscalía, considero que la pena individualizada en el caso es adecuada a Derecho, rechazándose en consecuencia los argumentos dados por el Actor penal." "Se ha valorado correctamente la pena, ponderando la gravedad del daño, la letalidad del medio empleado, la circunstancia del hecho y la actitud del imputado, en un marco de análisis que respeta los principios de proporcionalidad y no doble valoración." "El hecho de que la pena supere el mínimo legal y esté fundamentada en las circunstancias del hecho, en la gravedad del daño y en la valoración de agravantes y atenuantes, justifica la confirmación de la pena de 12 años."
- Votos en disidencia: No existen votos disidentes, todos los jueces coinciden en confirmar la sentencia.

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