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PEDRIEL, HUGO JOSE -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL PEDRIEL, HUGO JOSE s/ PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD ARTICULO 47 LEY 10160 Y APELACION RESOLUCION DEL 15.6.15; TRIBUNAL DE DISCIPLINA Y ETICA PROFESIONAL DEL COLEGIO DE CORREDORES INMOBILIARIOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE 1° CIRCUNSCRIPCION- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario presentado por el Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Santa Fe en un planteo por denegación del recurso de inconstitucionalidad sobre normativa provincial. La decisión se fundamentó en la inexistencia de cuestiones federales que justificaran su admisión.

Recurso extraordinario Arbitrariedad Inconstitucionalidad Jurisprudencia Impugnacion Decision judicial Cuestiones federales Constitucionalidad. Corte de santa fe Ley provincial 7055


- Quién demanda: Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Santa Fe 1° Circunscripción

¿A quién se demanda?

Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Concesión del recurso extraordinario federal por arbitrariedad en la decisión de rechazar el recurso de inconstitucionalidad respecto de la ley provincial 7055

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario, considerando que no se acreditaron cuestiones federales que justifiquen su admisión y que las cuestiones planteadas ya fueron decididas en instancias previas

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El planteo del recurrente gira en torno a cuestiones ya sometidas a juzgamiento de esta Corte en el recurso previsto por la ley 7055. En este aspecto -al igual que en aquella oportunidad
- la recurrente no logró acreditar que el Colegio de Jueces de Segunda Instancia haya desbordado los límites puestos por esta Corte en su primigenia descalificación constitucional de la sentencia que había dispuesto la sanción del corredor." "Estas cuestiones ya decididas por los jueces ordinarios y por esta Corte en la impugnación local, vuelven a ser controvertidas en la instancia federal pero sin lograr demostrar, siquiera en esta instancia liminar, que se configure una cuestión federal por arbitrariedad, sea por interpretación de las normas como de los hechos comprobados en la causa." "Por lo expuesto, de conformidad a lo ordenado en el artículo 11 de la acordada 4/2007, y sin que se configure ningún supuesto que permita excepcionar la aplicación de lo dispuesto en el reglamento citado, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: Denegar la concesión del recurso extraordinario interpuesto para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con costas."

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